El Plan de Emergencia Habitacional (PEH) presentado por el Presidente Boric en julio de 2022 busca abordar el déficit habitacional en Chile a través de la construcción de 260 mil viviendas durante su mandato. Para ello, el Ministerio de Vivienda y Urbanismo (MINVU) ha adoptado medidas para diversificar el acceso a la vivienda y reducir los tiempos de construcción mediante procesos industrializados.
En enero de 2023 se publicó la Resolución Exenta 59 del MINVU que establece condiciones y mecanismos para la aprobación de proyectos de Viviendas Industrializadas Tipo (VIT), enmarcados en programas habitacionales como el Fondo Solidario Elección de Vivienda DS49 y de Habitabilidad Rural DS10. Estas viviendas no estarán sujetas a procesos de aprobación por parte de las Direcciones de Obras Municipales, por lo que la División Técnica de Estudio y Fomento Habitacional del MINVU autorizará proyectos de VIT, con el fin de agilizar la aprobación de proyectos de este tipo de viviendas, manteniendo la calidad.
Para que un proyecto de VIT sea aprobado es necesario que al menos un 40% de los componentes sean elementos industrializados. La evaluación se centra en el cumplimiento de requisitos normativos, para lo cual se deben presentar planimetrías, especificaciones técnicas, presupuesto y manuales de industrialización, como también acreditación de cumplimiento de normativas térmicas, acústicas y de protección contra incendios. Además, la Resolución Exenta indica que todos los proyectos de VIT deberán cumplir las exigencias establecidas en el anexo "Estándar Higrotérmico para Viviendas Industrializadas MINVU”, indicando en qué regiones se está dispuesto a construir.
Este Estándar replica en parte la propuesta de actualización a la reglamentación térmica de la OGUC. Establece requisitos de aislación térmica para muros, techumbre, pisos y puertas, diferenciados por zona térmica. Si un proyecto de VIT quisiese validarse para todas las zonas térmicas del país, bastaría con cumplir con los valores de transmitancia térmica requeridos para la zona más exigente a través de la incorporación de aislantes térmicos del espesor correspondiente.
Muchos más complejo resulta el cumplimiento los requisitos para ventanas, ya que el estándar regula no solo la aislación térmica, sino también el porcentaje máximo de superficie por orientación y por zona térmica, lo que se resume en una tabla que contiene 384 valores. Como alternativa, se propone una tabla de transmitancia térmica ponderada entre muros y ventanas que contiene 195 valores. Esto implica que para aprobar un proyecto de VIT que alcance los valores máximos de superficie de ventana permitidos, se tendría que conocer la orientación de la vivienda y la zona térmica en la que se encuentra, lo que resulta poco viable dadas las lógicas de la industrialización. Lo más práctico en ese sentido sería ajustarse a la menor superficie de ventana requerida (orientación sur) para todas las orientaciones. El resultado será una vivienda con ventanas relativamente pequeñas en todas sus fachadas, lo que logrará limitar las pérdidas de calor, pero pierde opciones de diferenciar las aperturas de acuerdo al tipo de espacio interior, y aprovechar la luz solar.
Si bien el cumplimiento de estándares higrotérmicos es una buena señal para resguardar las condiciones de confort, evitar la ocurrencia de patologías, y ahorrar energía; las exigencias del estándar para ventanas responden a lógicas de proyectos de viviendas tradicionales donde se conoce la ubicación y orientación de las unidades, de manera de aprovechar las ganancias solares al norte y controlar las pérdidas al sur, a través de superficies de ventanas diferenciadas por orientación. La enorme diversidad de valores límites que impone el Estándar no responde a la lógica de la estandarización, por lo que quizás un estándar más simple que regule, por ejemplo, solo la transmitancia térmica de las ventanas, permitiría mayor diversidad en los proyectos de viviendas industrializadas, y no lo contrario. Leer más